Marie Bernadette Higuera
Abogada de inmigración
Yo soy de México y vine a Estados Unidos hace muchos años con mi hijo. Después de llegar conocí a un señor que era residente y nos casamos. Tuvimos tres niños juntos. Después de que nació el tercer niño mi esposo empezó a usar drogas y se volvió muy violento. Él me pegaba y a mi hijo más grande. Nunca hablé a la policía porque me dio mucho miedo ya que no tenía un estatus migratorio. Mi esposo prometió pedir mi estatus, pero nunca lo hizo. Ahora soy madre soltera y no se que voy a hacer para conseguir mi residencia y la residencia de mi hijo más grande que ahora tiene 17 años. ¿Tiene usted un consejo para nosotros?
Usted puede entregar una auto-petición para usted y su hijo, y obtener la residencia sin la ayuda de su esposo. Bajo las leyes de migratorias, los hijastros son tratados iguales que los hijos biológicos si el padre/la madre y la madrastra/el padrastro se casan antes de que cumpla 18 años el niño. Eso significa que los hijos de usted tienen los mismos derechos como si fueran sus hijos biológicos.
La auto-petición es un proceso en el que algunas personas que han sido abusadas por sus esposos pueden obtener la residencia. Los requisitos son que el esposo o la esposa abusiva tienen que ser ciudadano o ser residente permanente. Usted tiene que haber vivido algo del abuso con la persona dentro de Estados Unidos; el matrimonio tiene que haber sido de buena fe; usted tiene que ser una persona de buen carácter moral; y usted tiene que ser elegible para la residencia.
Una auto-petición también está disponible para los hijos que han sido abusados por su padre/madre ciudadano o residente y también para padres que han sido abusados por sus hijos adultos que son ciudadanos.
Para una auto-petición, no es requisito que usted reporte el abuso a la policía; la petición puede ser aprobada basado en su testimonio creíble que hubo crueldad extrema o abuso físico. Si usted puede incluir declaraciones de testigos del abuso, o reportes de policía o de algún medico, los debe incluir con su solicitud, pero estos documentos que pueden apoyar la solicitud no son requeridos.
Usted puede entregar una solicitud basado en el abuso que han sufrido usted y su hijo y él puede ser incluido como derivado en la solicitud si lo entrega antes de que él cumpla 21 años. Su hijo tendría que mantenerse soltero mientras está en espera para la residencia. O el podría hacer su propia solicitud basado en el abuso que sufrió. La auto-petición es un proceso de dos pasos.
El primer paso es hacer la auto-petición y el segundo paso es la solicitud para la residencia. Como su esposo es residente y no ciudadano, usted y su hijo tienen que esperar hasta que haya una visa disponible para poder pedir la residencia.
Pueden ser algunos años hasta que haya visas disponibles y pueden cambiar de estatus a residentes. Si su hijo cumple 21 años durante la espera de la residencia puede ser que se mueva de la categoría de menores de edad hasta la categoría de mayores y puede tardar más años para poder solicitar su residencia.
Sin embargo, hay una ley que se llama “Child Status Protection Act” (CSPA) que protege la edad de los menores en casos de inmigración. En el momento que hayan visas disponibles para su hijo, considerándolo como menor, tiene que hacer un análisis para determinar si puede pedir la residencia como menor o si tiene que ser considerado mayor de edad. Su hijo tiene nada más un año desde la fecha que se puso disponible la visa para pedir la residencia. Si tiene menos de 21 años considerando la protección del CSPA y espera más de un año pierde la protección de la CSPA.
Si en la fecha que hay una visa disponible su hijo tiene más de 21 años considerando la protección del CSPA de todos modos él puede mantener el estatus de “deferred action” y puede tener su permiso de trabajo cada año mientras está esperando una visa disponible.