Por Marie Higuera
Soy salvadoreño. Hui violencia en mi país y quiero pedir asilo. Tengo unas condenas criminales en los Estados Unidos, y he escuchado que hay una nueva ley que me podría afectar.
El gobierno acaba de promulgar nuevas regulaciones respeto a elegibilidad para asilo. Estas regulaciones entrarán en vigencia el 20 de noviembre de 2020 y aplicarán a todas las solicitudes entregados en o después del 20 de noviembre. Bajo estas regulaciones, puede ser inelegible para pedir asilo si tiene ciertas condenas criminales, incluso crímenes relacionados con albergando inmigrantes ilegalmente, traficando inmigrantes, reentrada ilegal en los Estados Unidos, actividades de maras, manejando bajo la influencia (un incidente que causa daño físico grave o muerte o dos incidentes), violencia doméstica, o abuso, descuido o abandono de niños. También, puede ser inelegible si tiene una condena para una felonía o una condena que involucra el uso de documentos falsos o fraudulentos, el recibo no autorizado de beneficios públicos o posesión o tráfico de drogas o parafernalia.
Mi ex-pareja me había acusado de violencia doméstica en varias ocasiones, pero nunca me condenaron. ¿Esto me puede afectar?
Si el gobierno sabe, o tiene buena razón de creer, que ha cometido violencia doméstica, aunque no resultó en una condena, puede ser prohibido de pedir asilo bajo esta nueva ley.
¿Tendrá yo otras opciones si mis crímenes me descalifiquen?
Aún si sea inelegible para asilo, es posible que quedaran elegible para dos otras protecciones parecidas: retención de deportación y protección bajo la Convención Contra Tortura.
¿Qué recomienda para alguien con récord criminal que quiere pedir asilo?
Debe tener en cuenta que esta nueva ley no afecta los que tengan solicitudes para asilo recibidos por Inmigración antes del 20 de noviembre de 2020. Recomendamos que se consulte con una abogada de inmigración lo antes posible.