Como obtener la residencia después de un divorcio

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigración

Soy de Colombia; hace tres años me case con una ciudadana de Estados Unidos y basado en el matrimonio yo recibí mi residencia. Estábamos juntos como dos años y tuvimos un bebé juntos, pero al final las cosas no funcionaron y nos divorciamos. La residencia que tuve fue valido por dos años y antes de que se venciera yo tuve que entregar otro formulario para recibir mi residencia de 10 años. En el momento que tenía que hacer todo eso ya estaba separado de mi esposa y ella no quiso firmar el formulario para mi residencia. Entonces lo envíe sin su firma. Después de eso recibí una carta de inmigración pidiendo una copia del divorcio, pero todavía no estaba divorciado entonces les envíe nada más la petición para el divorcio. La semana pasada mi divorcio fue finalizado, pero ayer recibí una carta de inmigración diciendo que mi solicitud para una tarjeta de residencia fue negada. ¿Que puedo hacer ahora? ¿Me van a deportar?

Una persona que recibe su residencia basado en el matrimonio, que ha estado casado por menos de dos años el día que inmigración tome una decisión sobre su solicitud para la residencia, recibe una residencia condicional, válida por dos años. En los últimos 90 días del periodo de dos años tiene que entregar un formulario I-751, que es la petición para quitar las condiciones de la residencia. Si aprueban la solicitud, inmigración le envía la tarjeta de la residencia que es válida por 10 años.

La esperanza es que usted y su esposa todavía vayan a estar juntos como pareja y casados después de dos años y por eso el formulario requiere la firma de usted y su esposa. Sin embargo, hay excepciones al requisito de que usted y su esposa entreguen la solicitud juntos. Las excepciones son para personas que sus esposos hallan fallecido antes de los dos años, personas que tenían un matrimonio de buena fe, pero que han sido víctimas de violencia domestica o crueldad extrema mental por el esposo que hizo la petición original, o gente que puede probar que sufrirían una dificultad extrema si su residencia permanente fuera revocada, o para personas que tuvieron un matrimonio de buena fe que se terminó por divorcio. Si usted está en una de estas excepciones, puede entregar el formulario I-751 sin la firma de su esposa.

Parece que usted intentó entregar su solicitud I-751 bajo la categoría de personas que entraron al matrimonio de buena fe, pero que el matrimonio se terminó por divorcio o fue anulado. Para entregar la solicitud con esta excepción, tiene que estar divorciado. Para comprobar que fue divorciado, tenía que haber entregado una copia de la orden de divorcio. La política de inmigración en una situación su situación es dar a la persona aproximadamente tres meses para proveer la orden de divorcio a inmigración. Si la orden de divorcio no es sometida antes de que se terminen los tres meses, es probable que inmigración envié una carta como la que le enviaron a usted, avisándole que su residencia está terminada. En la mayoría de los casos inmigración también envía una carta avisándole que está en el proceso de deportación y avisándole que tiene que compadecer ante un juez.

A lo mejor puede evitar el procedimiento de la deportación si usted entrega inmediatamente otro formulario I-751, pero esta vez incluyendo una copia del orden de divorcio, y también evidencia de que tuvieron un matrimonio de buena fe, como pruebas de que vivieron juntos y una copia del acta de nacimiento de su hijo. Si lo puede entregar antes de que inmigración empiece el procedimiento de la deportación en su caso, puede ser que decidan no ponerlo en el procedimiento de la deportación, y a lo mejor aprobar su petición basado en lo que usted entregue como evidencia requerida, y entregarle una tarjeta de residencia de 10 años.

Si usted recibe notificación que esta en el procedimiento de la deportación, usted tiene que asistir a la corte. Usted puede pedirle al juez que haga su propia decisión sobre su solicitud del I-751, porque el juez también tiene la autoridad de aprobar la solicitud y darle la residencia de 10 años.